Micelio
Auto31 de enero de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Cabrera Guzman Julio Humberto

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral -Sección “B”- y el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Barranquilla.

La controversia entre Despachos se produce por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, con la que pretende que se declare la nulidad de la Resolución mediante la cual, esa entidad reconoció una pensión de invalidez a favor de un ciudadano, por considerar que la prestación fue concedida con base en información no verídica.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena decide, en reiteración de la regla dispuesta en Auto 316 de 2021 que, cuando la administración demanda un acto propio en materia de seguridad social, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, el conocimiento del asunto será competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral -Sección “B”- para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Barranquilla y a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en consecuencia, DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral -Sección "B"- conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por Colpensiones, contra el acto por medio de la cual reconoció pensión de invalidez a favor de Julio Humberto Cabrera Guzmán.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4647 al Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral -Sección "B"- para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  3. Décimo. Laboral del Circuito de Barranquilla y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.